Santo Domingo, Rep. Dom. -El pedido de los partidos Opción Democrática y Alianza País de realizar primarias simultáneas como una coalición de partidos el 6 de octubre de este año, fue rechazado por el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), informó este martes la entidad.
La decisión está contenida en la Resolución Número 01-2019 de este 22 de enero de 2019 y se fundamenta en el artículo 25, numeral 12 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual establece una prohibición expresa para los partidos reconocidos de concurrir aliados en el primer proceso electoral ante el cual se presentan, dijo la Junta en una nota de prensa.
“En tal sentido, las motivaciones de la Resolución establecen que “uno de los peticionarios de la presente instancia, el partido Opción Democrática, no ha participado en ningún proceso electoral, de donde le está prohibido expresamente por la mencionada normativa legal ir aliado a las próximas elecciones”.
El Pleno de la JCE agrega que dicha circunstancia determina que uno de los dos partidos de la pretendida coalición carece de capacidad legal para ir aliado en este proceso, tomando en cuenta que, de conformidad al artículo 62 de la Ley No. 275-97, una coalición precisa entre sus elementos constitutivos de “la concertación previa de alianzas entre los partidos que se vinculan en una coalición y la necesidad de que la misma sea personificada por uno de los partidos que se coaligan”.
Otros argumentos
“El rechazo a la solicitud realizada por Opción Democrática y Alianza País se fundamenta, igualmente, en que las coaliciones definidas por la Ley Electoral No. 275-97 no están concebidas para inscribir Precandidatos a Primarias, sino para la propuesta de Candidatos Comunes a las Elecciones Generales, y establece que la pretendida coalición “debe ser rechazada, ya que la misma corresponde a una alegada modalidad de vinculación inexistente en la Ley Electoral vigente”, agregó la JCE.
En tal sentido, el Pleno estableció que “el espíritu de las primarias es que sean procesos internos, ajenos a la injerencia o influencia de otro partido, razón por la cual no está prevista la participación conjunta de partidos en dichos procesos.”
Respecto al requisito establecido en la Ley No. 275-97 de que las coaliciones tengan en común un partido que las personifique, el Pleno de la JCE lo calificó como una “condición necesaria” que resultaría de “imposible realización” en el contexto de las Primarias Simultáneas, según se encuentran diseñadas por la Ley No. 33-18.
La solicitud de los partidos Opción Democrática y Alianza País fue realizada mediante una comunicación remitida al Pleno de la JCE en fecha 3 de enero de 2019 y fue conocida en Audiencia Pública con todos los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos reconocidos el pasado 17 de enero, fecha en la cual se otorgó un plazo de cinco días para el depósito de observaciones por escrito.
Previo al vencimiento de dicho plazo este martes 22 de enero, a las 4:00 de la tarde, fueron recibidas las observaciones por escrito presentadas por el partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Demócrata Institucional (PDI).
La sesión del Pleno estuvo encabezada por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán, Presidente de la JCE, e integrada por los Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, asistidos del Secretario General de la JCE, doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.
La decisión está contenida en la Resolución Número 01-2019 de este 22 de enero de 2019 y se fundamenta en el artículo 25, numeral 12 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual establece una prohibición expresa para los partidos reconocidos de concurrir aliados en el primer proceso electoral ante el cual se presentan, dijo la Junta en una nota de prensa.
“En tal sentido, las motivaciones de la Resolución establecen que “uno de los peticionarios de la presente instancia, el partido Opción Democrática, no ha participado en ningún proceso electoral, de donde le está prohibido expresamente por la mencionada normativa legal ir aliado a las próximas elecciones”.
El Pleno de la JCE agrega que dicha circunstancia determina que uno de los dos partidos de la pretendida coalición carece de capacidad legal para ir aliado en este proceso, tomando en cuenta que, de conformidad al artículo 62 de la Ley No. 275-97, una coalición precisa entre sus elementos constitutivos de “la concertación previa de alianzas entre los partidos que se vinculan en una coalición y la necesidad de que la misma sea personificada por uno de los partidos que se coaligan”.
Otros argumentos
“El rechazo a la solicitud realizada por Opción Democrática y Alianza País se fundamenta, igualmente, en que las coaliciones definidas por la Ley Electoral No. 275-97 no están concebidas para inscribir Precandidatos a Primarias, sino para la propuesta de Candidatos Comunes a las Elecciones Generales, y establece que la pretendida coalición “debe ser rechazada, ya que la misma corresponde a una alegada modalidad de vinculación inexistente en la Ley Electoral vigente”, agregó la JCE.
En tal sentido, el Pleno estableció que “el espíritu de las primarias es que sean procesos internos, ajenos a la injerencia o influencia de otro partido, razón por la cual no está prevista la participación conjunta de partidos en dichos procesos.”
Respecto al requisito establecido en la Ley No. 275-97 de que las coaliciones tengan en común un partido que las personifique, el Pleno de la JCE lo calificó como una “condición necesaria” que resultaría de “imposible realización” en el contexto de las Primarias Simultáneas, según se encuentran diseñadas por la Ley No. 33-18.
La solicitud de los partidos Opción Democrática y Alianza País fue realizada mediante una comunicación remitida al Pleno de la JCE en fecha 3 de enero de 2019 y fue conocida en Audiencia Pública con todos los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos reconocidos el pasado 17 de enero, fecha en la cual se otorgó un plazo de cinco días para el depósito de observaciones por escrito.
Previo al vencimiento de dicho plazo este martes 22 de enero, a las 4:00 de la tarde, fueron recibidas las observaciones por escrito presentadas por el partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Demócrata Institucional (PDI).
La sesión del Pleno estuvo encabezada por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán, Presidente de la JCE, e integrada por los Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, asistidos del Secretario General de la JCE, doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.
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