Santo Domingo, RD.- El Senado convirtió en Ley, en única lectura el proyecto de que modifica la Ley No. 287-04, sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Producen Contaminación Sonora.
La iniciativa, que castiga su violación desde tres hasta 30 salarios mínimo del sector público centralizado, había sido devuelta de la Cámara de Diputados con modificaciones, el martes pasado.
Es de la autoría del senador por Samaná, Prim Pujals Nolasco, quien al motivar la pieza afirmó que es una necesidad del pueblo la aprobación y creación de esta ley. Será enviada al poder Ejecutivo para su promulgación.
La pieza establece que los efectos del ruido y sus consecuencias de largo plazo sobre la salud, se están generalizando, por lo que es esencial tomar acciones para limitar y controlar la exposición al ruido ambiental. Uno de sus artículos establece, como infracciones a la ley, la producción o emisión de ruidos que superen los límites permitidos establecidos en el texto “normas ambientales para la protección contra ruidos, emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.
La ley incluye regulaciones para colmadones, colmados, tiendas de licores, bares, clubes diurnos y nocturnos y otros tipos de negocios o sitios privados que utilizan bocinas, música estruendosa, plantas eléctricas, y otros implementos.
Abarca, también, a vehículos de motor en la vía pública, mediante el uso de bocinas o equipos de música o falta de silenciadores en el escape.
La normativa se aplicará a los violadores en calles, avenidas, áreas residenciales, complejos habitacionales, condominios y en la proximidad de hospitales, colegios, escuelas públicas y privadas e iglesias, que utilicen altoparlantes, disco light y otros para propaganda comercial, política o religiosa, entre otros.
La iniciativa, que castiga su violación desde tres hasta 30 salarios mínimo del sector público centralizado, había sido devuelta de la Cámara de Diputados con modificaciones, el martes pasado.
Es de la autoría del senador por Samaná, Prim Pujals Nolasco, quien al motivar la pieza afirmó que es una necesidad del pueblo la aprobación y creación de esta ley. Será enviada al poder Ejecutivo para su promulgación.
La pieza establece que los efectos del ruido y sus consecuencias de largo plazo sobre la salud, se están generalizando, por lo que es esencial tomar acciones para limitar y controlar la exposición al ruido ambiental. Uno de sus artículos establece, como infracciones a la ley, la producción o emisión de ruidos que superen los límites permitidos establecidos en el texto “normas ambientales para la protección contra ruidos, emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.
La ley incluye regulaciones para colmadones, colmados, tiendas de licores, bares, clubes diurnos y nocturnos y otros tipos de negocios o sitios privados que utilizan bocinas, música estruendosa, plantas eléctricas, y otros implementos.
Abarca, también, a vehículos de motor en la vía pública, mediante el uso de bocinas o equipos de música o falta de silenciadores en el escape.
La normativa se aplicará a los violadores en calles, avenidas, áreas residenciales, complejos habitacionales, condominios y en la proximidad de hospitales, colegios, escuelas públicas y privadas e iglesias, que utilicen altoparlantes, disco light y otros para propaganda comercial, política o religiosa, entre otros.
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