El artículo de la Ley de Deportes que crea desasosiego entre federados "no pasará" - Prensa Dominicana

jueves, 22 de octubre de 2020

El artículo de la Ley de Deportes que crea desasosiego entre federados "no pasará"

La letra (i) del Artículo 51 del proyecto de modificación de la Ley General de Deportes mantiene al movimiento olímpico con opiniones encontradas, pues unos los aprueban, otros lo rechazan. Para fortuna de todos, alegadamente no pasará ante la Cámara de Diputados.

El requisito que señala la mencionada letra se lee así: “Por excepción, el presidente de las asociaciones deportivas municipales y provinciales y de las federaciones solo podrán optar por un periodo consecutivo y cesar para el periodo siguiente, pudiendo repostularse nuevamente por otro período”.

Aparentemente eso no aplica para otras entidades, como se lee en el literal b, del referido Artículo 51. "Los clubes y ligas se regirán por sus propios estatutos, que deberán estar en consonancia con la presente legislación, y tendrán por objeto procurar a sus socios y demás personas que lo conformen, oportunidades de desarrollo personal, convivencia, salud y proyección nacional e internacional, mediante la práctica de la actividad física y el deporte".

Un presidente de una federación rechazó comentar sobre ese tema de manera abierta y sostuvo que “eso no va a pasar”.

Y aparentemente es el “consenso”, si se toma en cuenta la explicación del presidente de la Federación Dominicana de Wushu, Luis Chanlatte. “Eso es un consenso, los diputados se dieron cuenta” de la contradicción entre dos leyes.

El federado señala que lo que va a prevalecer es la Ley 122-05, creada “para la regulación y fomento de las asociaciones sin fines de lucro en república dominicana”, según se lee en el encabezado de ese documento, que trata sobre las organizaciones no gubernamentales (ONG), la que Chanlatte llama “una ley especial”, y por tanto “está por encima de la 356-05”, que es la General de Deportes, la que el federado denomina “sectorial”.

El Art. 4 de la Ley 122-05 es flexible en cuanto al período de gobierno de las entidades sin fines de lucro. En esta parte, en su letra “N” refiere que “los estatutos de la asociación sin fines de lucro establecerán lo siguiente: Duración de los mandatos o puestos electivos, renovación, repostulación o reelección de los(as) directivos(as)”.

El período determinado de la presidencia “va a venir, algunas federaciones internacionales están regulando los mandatos”, señala Chanlatte. “Estoy de acuerdo con la alternabilidad.

La prolongada permanencia al frente de una federación, o del Comité Olímpico Dominicano (COD), es una tendencia en el país, heredada por supuesto, del Comité Olímpico Internacional (COD). Igual ocurría con las federaciones internacionales, que comienzan a dar un giro en ese sentido.

Otra contradicción que enfrenta el artículo mencionado en su proyecto tiene que ver con las federaciones internacionales. El expresidente y asesor de la Federación Dominicana de Boxeo, Bienvenido Solano lo explica. “El problema de eso (la letra i) no es el período de dos años o cuatro años, el problema es que los estatutos de una federación nacional, tiene que estar acorde con la internacional”, dice.

Entonces si el Gobierno aprueba ese punto, “desconoce las federaciones internacionales”, por lo que una entidad local corre el riesgo de quedar desafiliada. “La Ley debe de decir que todas las federaciones deben de tener un término de mandato, pero acorde con su federación internacional”. Y es que, continúa Solano, todas las federaciones internacionales están pidiendo un término de mandato, “es lo que llaman parte de la nueva gobernanza”.

En ese sistema de gobernanza no entra el COD, que no está alineado con el COI. Esta institución plantea en el capítulo 2, numeral 20, de su Carta Olímpica, lo siguiente: “La Sesión elige, entre sus miembros, un presidente, mediante voto secreto, para un periodo de ocho años, renovable una sola vez para otros cuatro años”.

El expresidente de la Federeación Dominicana de Judo, Jaime Casanova considera "prudente" la propuesta de la Ley.

Y el expresidente de la Federación Dominicana de Asociaciones de Atletismo, José Rubio, coincide, en parte, con Solano. "Eso tiene que coincidir con las constituciones de las federaciones internacionales que son bastantes celosas. Porque el Gobierno puede desconocer a una federación o la federación internacional por igual", sostiene Rubio.

Aun así Rubio considera "atinada esa decisión" por entender que "acaba con la continuidad en el poder de los federados".

En ese sentido, agrega, que "les quita un poco ese apetito de quedarse ahí por años. Entiendo que eso busca mejorar el desarrollo de cada disciplina y dar oportunidad a personas que tengan ideas nuevas y claras y puedan aportar a cada uno de esos deportes. Tenemos gente que se ha mantenido por más de 20 años y el trabajo, quizás no ha sido el mejor".

El presidente de la Federación Dominicana de Voleibol, Alexis García también ve positiva la medida, aun cuando reconoce que pasa los 20 años al frente de la Fedovoli. "La Constitución de la República prevé eso", analiza García. "A mí no me luce apoyar eso porque tengo 25 años siendo presidente y me reeligen, pero creo que es justo".

El punto específico al que se refiere García es a la elección del presidente y vicepresidente de la República el cual en el Artículo 124 de nuestra Carta Magna plantea lo siguiente: "Artículo 124.- Elección presidencial. El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente o la Presidenta de la República, quien será elegido o elegida cada cuatro años por voto directo. El Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República".

Aun cuando García se refiere a la Constitución, el Artículo 124 "no es vinculante con respecto a otras instituciones, más allá del presidente o vicepresidente de la República

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