El presidente Danilo Medina instruyó a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad cuantificar y analizar el costo e impacto en la producción de las regulaciones vigentes y poner en marcha el Plan Nacional de Mejora Regulatoria.
La medida fue establecida por el jefe de Estado, a través del decreto 258-18, que a su vez, designa a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad como entidad responsable de realizar la determinación del costo de las regulaciones vigentes sobre la economÃa nacional, mediante el uso de las metodologÃas cientÃficas que rigen la materia, asà como realizar los análisis de impacto regulatorio.
Remisión de inventario regulatorio
Para dar cumplimiento a esta disposición, los distintos entes de la administración pública deberán remitir a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad dos listas.
Una de los reglamentos que, en relación con ese ente u órgano de la administración pública, el Presidente de la República haya promulgado, modificado y derogado hasta la fecha, acompañada del soporte documental correspondiente.
También una segunda lista, de las demás disposiciones reglamentarias que ese ente u órgano de la administración pública haya emitido, modificado y derogado hasta la fecha, acompañada del soporte documental.
La Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad determinará el formato de remisión del inventario regulatorio y su soporte documental. Las regulaciones emitidas con posterioridad al presente decreto deberán ser remitidas a esta entidad.
Informaciones cualitativas y cuantitativas
La medida, además, instruye a los distintos entes y órganos de la administración pública suministrar las informaciones cualitativas y cuantitativas que se consideren necesarias para el cumplimiento del decreto 258-18 dentro de un plazo de 15 dÃas contando a partir del requerimiento hecho por la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad en este sentido.
Registro de Regulaciones Administrativas
Del mismo modo, instruye a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad a crear un repositorio en lÃnea, denominado Registro de Regulaciones Administrativas, que incorpore la versión digital de las regulaciones administrativas vigentes por tipo de regulación, institución y sector económico.
Dicho repositorio deberá identificar, clasificar, esquematizar y especificar los principales tramites gubernamentales establecidos en la regulación y llevará, además, una contabilidad precisa del saldo regulatorio que permitirá el seguimiento de los flujos regulatorios en el tiempo.
Acuerdos de cooperación y colaboración
También, el Gobernante autoriza mediante este decreto, al Consejo Nacional de Competitividad a suscribir los acuerdos de cooperación y colaboración necesarios con organismos internacionales y/o especializados en la materia, para garantizar la incorporación al presente proceso de las mejores prácticas internacionales en la materia.
La Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad, en coordinación con los titulares, involucrará y se hará asistir de los equipos técnicos de los distintos entes y órganos de la administración pública a lo largo de todo el proceso de elaboración de los análisis de impacto regulatorio, garantizando asà su integración, participación activa y colaboración técnica.
Plan Nacional de Mejora Regulatoria
Además, el Consejo Nacional de Competitividad deberá desarrollar y presentar al Pleno del Consejo Nacional de Competitividad un informe general del costo de las regulaciones sobre la economÃa nacional y una propuesta de Plan Nacional de Mejora Regulatoria, como instrumentos programáticos, cuyos propósitos será articular las polÃticas de mejora regulatoria en la República Dominicana.
El Plan Nacional de Mejora Regulatoria aplicará las buenas prácticas internacionales en materia regulatoria y promoverá una reforma integral del régimen regulatorio dominicano para elevar sus niveles de eficiencia.
La medida fue establecida por el jefe de Estado, a través del decreto 258-18, que a su vez, designa a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad como entidad responsable de realizar la determinación del costo de las regulaciones vigentes sobre la economÃa nacional, mediante el uso de las metodologÃas cientÃficas que rigen la materia, asà como realizar los análisis de impacto regulatorio.
Remisión de inventario regulatorio
Para dar cumplimiento a esta disposición, los distintos entes de la administración pública deberán remitir a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad dos listas.
Una de los reglamentos que, en relación con ese ente u órgano de la administración pública, el Presidente de la República haya promulgado, modificado y derogado hasta la fecha, acompañada del soporte documental correspondiente.
También una segunda lista, de las demás disposiciones reglamentarias que ese ente u órgano de la administración pública haya emitido, modificado y derogado hasta la fecha, acompañada del soporte documental.
La Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad determinará el formato de remisión del inventario regulatorio y su soporte documental. Las regulaciones emitidas con posterioridad al presente decreto deberán ser remitidas a esta entidad.
Informaciones cualitativas y cuantitativas
La medida, además, instruye a los distintos entes y órganos de la administración pública suministrar las informaciones cualitativas y cuantitativas que se consideren necesarias para el cumplimiento del decreto 258-18 dentro de un plazo de 15 dÃas contando a partir del requerimiento hecho por la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad en este sentido.
Registro de Regulaciones Administrativas
Del mismo modo, instruye a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad a crear un repositorio en lÃnea, denominado Registro de Regulaciones Administrativas, que incorpore la versión digital de las regulaciones administrativas vigentes por tipo de regulación, institución y sector económico.
Dicho repositorio deberá identificar, clasificar, esquematizar y especificar los principales tramites gubernamentales establecidos en la regulación y llevará, además, una contabilidad precisa del saldo regulatorio que permitirá el seguimiento de los flujos regulatorios en el tiempo.
Acuerdos de cooperación y colaboración
También, el Gobernante autoriza mediante este decreto, al Consejo Nacional de Competitividad a suscribir los acuerdos de cooperación y colaboración necesarios con organismos internacionales y/o especializados en la materia, para garantizar la incorporación al presente proceso de las mejores prácticas internacionales en la materia.
La Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad, en coordinación con los titulares, involucrará y se hará asistir de los equipos técnicos de los distintos entes y órganos de la administración pública a lo largo de todo el proceso de elaboración de los análisis de impacto regulatorio, garantizando asà su integración, participación activa y colaboración técnica.
Plan Nacional de Mejora Regulatoria
Además, el Consejo Nacional de Competitividad deberá desarrollar y presentar al Pleno del Consejo Nacional de Competitividad un informe general del costo de las regulaciones sobre la economÃa nacional y una propuesta de Plan Nacional de Mejora Regulatoria, como instrumentos programáticos, cuyos propósitos será articular las polÃticas de mejora regulatoria en la República Dominicana.
El Plan Nacional de Mejora Regulatoria aplicará las buenas prácticas internacionales en materia regulatoria y promoverá una reforma integral del régimen regulatorio dominicano para elevar sus niveles de eficiencia.
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